Mientras la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo y el secretario Mario Delgado Carrillo anunciaban, el pasado 21 de julio, el inicio de un proceso nacional para regular las plataformas digitales y proteger a la niñez mexicana, Michoacán arrastraba ya, en silencio, dos experiencias que deberían situarlo en el centro de esa discusión, no en su periferia ni reaccionando retóricamente ante las posturas federales: una tragedia escolar directamente vinculada a la circulación irrestricta de contenido violento en redes sociales y una reforma legal que constitucionaliza la conectividad estudiantil sin resolver, ni remotamente, el problema de fondo que la propia presidenta identificó, sino, por el contrario, amplificando la anarquía, proveyendo de redes sociales ilimitadas a las juventudes michoacanas.
El contraste resulta revelador. El gobierno federal, después de mucho tiempo de inacción, construye con foros, evidencia científica y consulta pública una ruta hacia la protección digital de la infancia. Michoacán, mientras tanto, avanza en sentido inverso: eleva a rango constitucional un programa de conectividad que carece precisamente de aquello que la propia presidenta identificó como indispensable: salvaguardas de contenido y supervisión pedagógica.
No se trata de oponerse a que los estudiantes michoacanos cuenten con acceso a internet, derecho legítimo y necesario en una entidad con rezagos históricos de infraestructura digital, sino de exigir que ese acceso, cuando se convierte en garantía constitucional permanente, incorpore desde su origen las mismas protecciones que hoy el país entero discute como condición indispensable para que la conectividad sirva al aprendizaje y no a sus formidables adversarios.
Empecemos por la herida más reciente. El veinticuatro de marzo de este año, un tiroteo en la Preparatoria Antón Makarenko, en el municipio de Lázaro Cárdenas, cobró la vida de dos docentes. El hecho se inscribió dentro de una oleada más amplia de retos virales peligrosos, entre los que destacó el fenómeno conocido como Tiroteo Mañana, cuya viralización en plataformas digitales generó amenazas creíbles de violencia armada en numerosos planteles de la entidad durante los meses siguientes. No se trató de un episodio aislado, sino de la manifestación más extrema de un patrón sostenido: la infiltración de narrativas de violencia, narcocultura y criminalidad organizada en el consumo digital cotidiano de la niñez y la juventud michoacana, fenómeno que Mexicanos Primero Michoacán ha documentado de manera consistente durante 17 años.
A esta violencia manifiesta se suma una segunda dimensión: la opacidad de la Secretaría de Educación en el Estado respecto a indicadores educativos fundamentales. El manejo de la información pública sobre resultados académicos, abandono escolar y respuesta institucional frente a episodios de violencia ha sido objeto de crítica sostenida, particularmente en dos episodios específicos: el tratamiento otorgado a la crisis derivada del reto viral mencionado y a la implementación del acuerdo laboral suscrito entre la Secretaría de Educación Pública federal, la Secretaría de Educación en el Estado y la Coordinadora Nacional de Trabajadores de la Educación el 24 de junio pasado. Esta opacidad no resulta inocente ni casual, porque, cuando una autoridad educativa evita sistemáticamente la publicación transparente de indicadores verificables, mientras simultáneamente promueve programas de conectividad masiva sin salvaguardas de contenido, la sospecha razonable apunta hacia intereses distintos al interés superior de la niñez que dicha autoridad tiene la obligación constitucional de tutelar.
Es precisamente en este contexto donde debe analizarse el programa D4TA Datos Gratis, operado por el gobierno de Michoacán en coordinación con la Comisión Federal de Electricidad, mediante la distribución de tarjetas SIM con cuatro gigabytes mensuales de datos móviles entre estudiantes de bachillerato y universidad pública. Al primero de mayo, el programa reportaba 80 mil 500 beneficiarios activos frente a una meta declarada de 116 mil 828 estudiantes, es decir, un avance del 69 por ciento en la distribución de tarjetas, cifra que evidencia, por sí misma, una implementación todavía parcial.
Cuatro gigabytes, además, resultan insuficientes para sostener siquiera una semana de trabajo académico en plataformas universitarias exigentes.
El elemento verdaderamente crítico llegó el cuatro de junio, cuando el gobernador de Michoacán firmó una iniciativa dirigida al Congreso del Estado para adicionar un cuarto párrafo al artículo 139 de la Constitución Política de Michoacán, con el propósito de elevar el programa D4TA a rango de derecho constitucional permanente, garantizando a la población estudiantil de nivel medio superior y superior el acceso individualizado, continuo y suficiente a servicios de conectividad digital. El gobierno estatal presentó la iniciativa como un esquema único a nivel nacional, y en efecto lo es, pues ninguna otra entidad federativa ha intentado constitucionalizar un derecho de conectividad estudiantil de esta naturaleza.
Una constitucionalización de la conectividad que omite deliberadamente la dimensión de contenido, supervisión educativa y protección infantil en absoluto constituye una garantía integral de derechos.
Más aún, un análisis riguroso de la intención constitucional detrás de esta reforma revela una contradicción estructural que en este espacio ya se ha señalado en trabajo previo, que hoy conviene retomar con toda claridad. El programa D4TA, tal como opera actualmente, distribuye conectividad móvil sin filtro alguno de contenido y sin supervisión pedagógica asociada. Al elevar ese modelo exacto, sin modificación sustantiva, a rango de derecho fundamental constitucional, el Estado michoacano abandona implícitamente su obligación paralela de garantizar que dicha conectividad sirva efectivamente al aprendizaje, en lugar de convertirse en una puerta abierta hacia la narcocultura, los discursos de odio, el grooming y las estrategias de reclutamiento criminal que hoy circulan libremente en las mismas plataformas que la presidenta Sheinbaum identificó como fuente de daño comprobado a la niñez mexicana. Una constitucionalización de la conectividad que omite deliberadamente la dimensión de contenido, supervisión educativa y protección infantil no constituye una garantía integral de derechos, sino una garantía parcial, y por ello potencialmente contraproducente.
Existe, además, una irregularidad procedimental que refuerza la sospecha de opacidad ya señalada: el documento de la iniciativa constitucional aparece fechado el diecinueve de mayo, fecha que no coincide ni con el anuncio público del gobernador, registrado en sus propias redes sociales institucionales, ni con la entrega formal del expediente ante el Congreso local. Esta discrepancia documental, lejos de constituir un detalle menor, resulta sintomática de un patrón más amplio de manejo poco transparente de los procesos legislativos vinculados a la infancia y la educación en la entidad. A ello se suma que el propio Instituto Nacional de Estadística y Geografía confirmó que Michoacán retrocedió en materia de conectividad frente a otras entidades, con una brecha rural que alcanza apenas el 68.5 por ciento de cobertura frente al 86.9 por ciento de las zonas urbanas. Constitucionalizar un programa que, además de carecer de salvaguardas de contenido, no ha logrado cerrar siquiera la brecha de acceso básico que originalmente pretendía resolver, revela una intención política más orientada a la proyección mediática de vanguardia legislativa que a la resolución sustantiva del problema educativo que supuestamente atiende.
Más aún, lo anterior se vuelve más incómodo y cuestionable al realizarse en periodo preelectoral, a menos de un año de las elecciones de 2027: dotar a 116 mil jóvenes de una dádiva, sin regulación y a cambio de tener la posibilidad de conformar listados y padrones a la autoridad permite a los lectores de esta entrega conformar su opinión al respecto.
La ruta institucional correcta resulta clara y exigible. El Congreso del Estado debe condicionar la aprobación de la reforma a la incorporación explícita de salvaguardas de contenido, mecanismos de supervisión pedagógica y protocolos de reporte transparente sobre el uso efectivo de la conectividad otorgada, evitando que un derecho constitucional legítimo en su origen termine consolidando, en la práctica, un modelo de exposición digital sin protección. La Secretaría de Educación en el Estado debe abandonar la opacidad que ha caracterizado su manejo de indicadores educativos y episodios de violencia escolar, publicando de manera sistemática la información que la ciudadanía tiene derecho constitucional a conocer. Michoacán debe articularse activamente y con voz propia, en los tres foros regionales de consulta nacional anunciados por la presidenta, aportando precisamente la experiencia michoacana de violencia, amenaza y opacidad como insumo empírico privilegiado para el diseño de la legislación federal, en lugar de limitarse a observar pasivamente un proceso que se decide en otras entidades.
Las consecuencias de no actuar en este sentido, o peor aún, de simular una respuesta institucional mediante reformas cosméticas sin contenido protector genuino resultan previsibles y graves. La constitucionalización de una conectividad sin salvaguardas consolidará jurídicamente, con la fuerza normativa máxima que ofrece el texto constitucional local, un modelo de exposición digital sin protección para decenas de miles de estudiantes michoacanos, dificultando cualquier corrección regulatoria posterior, pues modificar un derecho ya constitucionalizado exige mayorías calificadas y procesos considerablemente más complejos que ajustar un programa administrativo ordinario; mientras tanto, la opacidad sostenida continuará erosionando la confianza social en las instituciones educativas estatales, en un momento donde esa confianza ya se encuentra severamente debilitada por episodios de la gravedad del ocurrido en Lázaro Cárdenas. Simular, en este contexto, resulta particularmente peligroso porque proyecta ante la opinión pública una imagen de vanguardia legislativa que la realidad interna de la entidad contradice de manera flagrante.
Michoacán puede, en efecto, convertirse en un referente nacional genuino en materia de conectividad educativa protegida, pero solamente si complementa su ejercicio constitucional actual con las salvaguardas de contenido, la transparencia institucional y la participación pedagógica que hoy le hacen falta. La alternativa, sostener un derecho constitucional de conectividad vacío de protección sustantiva, condenaría a la entidad a repetir, con mayor frecuencia y menor capacidad de respuesta institucional, episodios de la gravedad del ocurrido en Lázaro Cárdenas, las amenazas de tiroteo, el halconeo y apología del delito desde las redes sociales, así como otros fenómenos de gran magnitud, pero silenciosos, como la pérdida de aprendizajes y la deuda cognitiva.
Este periodo vacacional constituye la última ventana de oportunidad antes de que el Congreso del Estado retome su actividad legislativa y de que los foros nacionales de consulta comiencen el 19 de agosto en Nuevo León.
Llamo a los diputados locales a sumar para el enriquecimiento sustantivo del marco legal en los términos comentados, así como a la Secretaría de Educación en el Estado a resolver la contradicción y a las familias michoacanas a no esperar a que la legislación resuelva, por sí sola, una responsabilidad de acompañamiento que también les corresponde a los padres y tutores. La historia mostrará si todos actuamos con la determinación que la situación en Michoacán exige o si permitimos que la simulación siguiera ganándole la partida al interés superior de la niñez.
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*Doctor en ciencias del desarrollo regional y director fundador de Mexicanos Primero capítulo Michoacán, A.C.